Hay derechos para los embriones congelados?
Por el P. Fernando
Pascual, L.C.
El Observador 594
El derecho a la vida no depende de las
leyes. De lo contrario, sería algo sometido al arbitrio de los parlamentos, de
los grupos de poder, de las sentencias de los jueces.
Mary Roche, de 41 años, había acudido hace 4
años a una clínica de fecundación artificial. En la clínica habían quedado tres
embriones congelados, tres hijos de Mary y de su esposo Thomas. Como ambos se
habían separado, cuando Mary quiso liberar de la congelación a los embriones, su
ex-esposo se negó y ella tuvo que recurrir a los tribunales.
La querella de los dos esposos por sus hijos
congelados llegó a la Alta Corte de Justicia de Irlanda, que acaba de dictar
sentencia (hecha pública el 15 de noviembre de 2006). Según los jueces, los
embriones fuera del seno materno, los embriones congelados, no tendrían
«derecho» a vivir, a ser salvados y transferidos a la madre que solicita su
liberación. Mary no puede hacer nada, al menos por ahora, en favor de sus tres
hijos «prisioneros» de la técnica.
La justicia y los derechos del embrión
La sentencia, podemos suponer, habrá sido
sopesada seriamente. Habrá considerado las leyes vigentes en Irlanda en lo que
se refiere a la tutela de la vida de los no nacidos y las implicaciones que se
siguen de las distintas opciones. Pero la justicia no puede depender del
formalismo jurídico, ni de la búsqueda de la «coherencia» legal respecto de
aquellos temas que se refieren a un derecho humano fundamental: el derecho a la
vida.
Por lo mismo, los embriones congelados gozan de
un valor que va más allá del reconocimiento legal o de las sentencias
judiciales. Son «sujetos», no «cosas» u «objetos» cuya existencia dependa de las
decisiones libres de otros. Su valor intrínseco interpela a los ciudadanos,
especialmente a los padres, a buscar maneras para defender su vida y su salud.
Exige, además, que se modifiquen aquellas leyes injustas que no los tutelen en
su dignidad humana, o que incluso puedan permitir su destrucción o su uso
(tratándoles como «animales de laboratorio») en experimentos abusivos.
Los hijos, plenitud del amor humano
En función del valor de la vida de cada ser
humano hay que dar un paso ulterior, que puede parecer difícil dada la excesiva
difusión de técnicas de fecundación artificial: prohibir cualquier técnica que
provoque daños o peligros sumamente graves para la vida de los embriones.
El reciente caso de Irlanda, un país
tradicionalmente defensor de la vida, es sólo un botón de muestra de las muchas
contradicciones que surgen cuando se admite la fecundación extracorpórea y la
congelación de embriones. Ambas técnicas deben ser prohibidas en orden a
garantizar al hijo aquella concepción que respeta su dignidad; es decir, aquella
concepción que tiene lugar en el seno materno y en el contexto propio de una
sana vida matrimonial, abierta a la llegada de cada uno de los hijos, don de
Dios y plenitud del amor humano.