[_Sgdo Corazón de Jesús_] [_Ntra Sra del Sagrado Corazón_] [_Vocaciones_MSC_]
 [_Los MSC_] [_Testigos MSC_
]

MSC en el Perú

Los Misioneros del
Sagrado Corazón
anunciamos desde
hace el 8/12/1854
el Amor de Dios
hecho Corazón
y...
Un Día como Hoy

y haga clic tendrá
Pensamiento MSC
para hoy que no
se repite hasta el
próximo año

Los MSC
a su Servicio

free counters

Renovación Carismática Católica: Aprobación y Estatutos 1993

 Páginas relacionadas

Vea: Estatutos enmendados 2005

Descargar: Manual pastoral de la Renovación de Chicago pdf

                
Estatutos de la Renovación en España (2010) doc

 

 

Aprobación de la Renovación Carismática Católica

 

EL PONTIFICIO CONSEJO PARA LOS LAICOS

D E C R E T O
Renovación Carismática Católica

 

«Vivimos en la Iglesia en un momento privilegiado del Espíritu», declaró Su Santidad Pablo VI en la Exhortación Apostólica Evangelii Nuntiandi (No. 75).  Hay, de hecho, muchos signos a lo largo y ancho del mundo mediante los cuales podemos ver los frutos del Espíritu.  Corrientes, movimientos y testimonios de santidad renuevan la comunión y la misión de la Iglesia, construida sobre dones jerárquicos y carismáticos.  Entre ellos están la Renovación Carismática Católica o Renovación en el Espíritu, y las nuevas formas de vida comunitaria que surgen de ella.  «El vigor y los frutos de la Renovación —dijo Su Santidad Juan Pablo II a los participantes en la 6a. Asamblea Internacional de la Renovación Carismática, el 15 de mayo de 1987— ciertamente testifica la presencia poderosa del Espíritu Santo en la Iglesia durante estos años posteriores al Concilio Vaticano II.  Por supuesto, el Espíritu ha guiado a la Iglesia en todas las épocas, produciendo gran variedad de dones entre los creyentes.  Gracias al Espíritu, la Iglesia constantemente mantiene su juventud y vitalidad.  Y la Renovación Carismática es una manifestación elocuente de esta vitalidad hoy, una afirmación vigorosa de lo que ‘el Espíritu está diciendo a las Iglesias’ a medida que nos acercamos al final del segundo milenio».

Para apoyar las muy diversas realidades de personas y grupos que responden a la corriente del movimiento de Renovación Carismática, desde 1978 el Servicio de Renovación Carismática Católica ha dado una respuesta concreta y positiva, facilitando la comunicación y la cooperación entre todos.

Aceptando ahora la solicitud que ICCRS ha hecho de obtener reconocimiento pontificio, de acuerdo con el actual Código de Derecho Canónico,

Apreciando el propósito de ICCRS de «servicio y promoción de la RCC en todo el mundo, bajo la acción del Espíritu Santo» (art. 1), teniendo «una especial preocupación por la fidelidad a la Iglesia Católica, por parte de los participantes en la renovación carismática, tanto personas como grupos, y por su obediencia al Papa y a los otros obispos, de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia» (art. 3),

Habiendo examinado atentamente los Estatutos presentados por el ICCRS y después de consultar varios canonistas, y siguiendo la incorporación en los estatutos de las observaciones hechas por el Pontificio Consejo para los Laicos y por el mismo ICCRS el 8 de julio de 1993,

Como continuación y fortalecimiento de una relación más institucional y regular entre el ICCRS y la Santa Sede, particularmente a través del Pontificio Consejo para los Laicos, cuyo vicepresidente, Monseñor Paul J. Cordes, ha sido nombrado por el Santo Padre como «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) de ICCRS, «ad personam»,

Confortado por los testimonios positivos dados por muchos Cardenales y Obispos en relación con el servicio que realiza ICCRS en la comunión y misión de la Iglesia,

Teniendo también en mente que el 30 de noviembre de 1990 el Pontificio Consejo para los Laicos otorgó reconocimiento a la Fraternidad Católica de Comunidades y Hermandades Carismáticas de Alianza, como una asociación privada de fieles, y en la esperanza de que habrá una fructífera relación de diálogo y cooperación entre esta asociación y el ICCRS,

 

EL PONTIFICIO CONSEJO PARA LOS LAICOS

 

D E C R E T A

 

     el reconocimiento de ICCRS como un organismo para la promoción de la RCC, con personalidad jurídica, de acuerdo con el Can.116, aprobando sus Estatutos, en su forma original, depositados en los Archivos de este Dicasterio.

 

PAUL J. CORDES                                                       EDUARDO CARD. PIRONIO

Vicepresidente                                                                                  Presidente

 

 

En el Vaticano, 14 de septiembre de 1993, fiesta de la Glorificación de la Cruz.


 

estatutos
(Nota: Los estatutos han sido enmendados)

 

 

PREÁMBULO

    La renovación carismática católica es un movimiento mundial no uniforme. No tiene un único fundador o grupo de fundadores como lo tienen otros movimientos.  No tiene listas de membresía.  Es un conjunto sumamente diverso de personas, grupos y actividades, con frecuencia bastante independientes unos de otros, en diferentes etapas y modos de desarrollo y con diferentes acentos, que sin embargo comparten la misma experiencia fundamental y abrazan los mismos objetivos generales. Este modelo de relaciones libremente entretejidas se encuentra a niveles diocesanos y nacionales, así como a nivel internacional.  Estas relaciones con mucha frecuencia se caracterizan por la libre asociación, el diálogo y la colaboración más que por la integración en una estructura organizada. El liderazgo se caracteriza más por el ofrecimiento de servicios a quienes lo requieren, que por el gobierno.

    Los objetivos generales de la Renovación Carismática Católica, o Renovación Católica Pentecostal, como también se le llama, incluyen:

    1. Fomentar una conversión personal, madura y continua hacia Jesucristo, nuestro Señor y Salvador.

    2. Fomentar una receptividad personal decisiva hacia la persona, la presencia y el poder del Espíritu Santo.

    Estas dos gracias espirituales con frecuencia se experimentan unidas, en lo que se ha llamado en diferentes partes del mundo un bautismo en el Espíritu Santo, o un dejar actuar libremente al Espíritu Santo, o una renovación en el Espíritu Santo.  Por ello, frecuentemente se entiende como una aceptación personal de las gracias de la iniciación cristiana y como un ser llenos de poder, para prestar un servicio personal cristiano en la Iglesia y en el mundo.

    3. Fomentar la recepción y utilización de los dones espirituales (charismata) no sólo en la renovación carismática, sino también en toda la Iglesia.  Estos dones, ordinarios y extraordinarios, se encuentran en abundancia en laicos, religiosos y clérigos.  La apropiada comprensión y utilización de estos dones en armonía con otros elementos de la vida de la Iglesia es fuente de fortaleza para los cristianos en su camino a la santidad y en la realización de su misión.

    4. Fomentar el trabajo de evangelización con el poder del Espíritu Santo; esto incluye la evangelización de quienes no están en la Iglesia, la re-evangelización de los cristianos nominales y la evangelización de la cultura y de las estructuras sociales.  La renovación motiva especialmente a  compartir la misión de la Iglesia en la proclamación del evangelio, de palabra y de obra, y a  ser testigos de Jesucristo mediante el testimonio personal y las obras de fe y de justicia a las que cada uno está llamado.

    5. Promover el crecimiento progresivo en la santidad mediante la apropiada integración de estos acentos carismáticos con la totalidad de la vida de la Iglesia.  Este crecimiento se realiza mediante la participación en una vida litúrgica y sacramental rica, la apreciación de la tradición de la oración y la espiritualidad católicas, la formación permanente en la doctrina católica guiada por el magisterio eclesial, y la participación en el plan pastoral de la Iglesia.

    Estos objetivos y los proyectos que de ellos surgen han marcado la renovación carismática católica en personas, grupos de oración, comunidades, ministerios y equipos de servicio locales, diocesanos y nacionales.

    Con el fin de atender las necesidades de comunicación, cooperación y coordinación, en 1978 se creó un consejo y se estableció una oficina, con el auspicio del Cardenal Leon Joseph Suenens, designado por el papa Pablo VI como «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) de la renovación a nivel internacional. El consejo se formó con líderes de todo el mundo y la oficina se estableció primero en Bruselas y después en Roma. El 23 de mayo de 1984, el papa Juan Pablo II designó a monseñor Paul J. Cordes para suceder al Cardenal Suenens como su representante ante el Consejo. Desde 1978 el Consejo ha desarrollado una organización internacional que por una parte promueve la comunicación y la cooperación entre las organizaciones nacionales de la renovación  y por otra parte constituye un canal de comunicación y cooperación de la renovación, a nivel internacional, con la Santa Sede. Esta organización ahora se conoce como ICCRS, Servicios Internacionales de la Renovación Carismática Católica.

    ICCRS, Servicios Internacionales de la Renovación Carismática Católica, es una institución (organización) que busca promover la renovación carismática en la Iglesia Católica Romana a nivel mundial.  La institución consta de un consejo internacional que comparte y establece las metas, objetivos y proyectos centrales, y que tiene una oficina ubicada en Roma, responsable de llevar a cabo las decisiones del Consejo.

    Para realizar sus metas y objetivos, ICCRS busca ofrecer un servicio útil a la renovación a nivel mundial. ICCRS procura reunir sabiduría, discernimiento y experiencia de todas las partes del mundo y a su turno ponerlos a disposición de todo el mundo. Cuando ICCRS brinda enseñanzas o consejo pastoral, emite orientaciones u ofrece formación local, lo hace como un servidor que ofrece ayuda, no como una autoridad que espera ser obedecida.

    En lo relativo a expresiones nacionales y locales de la renovación carismática, ICCRS desea enfatizar su compromiso en este papel de servidor.  Por tanto, tiene una autoridad de servicio, una cierta autoridad moral. Sin embargo, ICCRS no busca imponer su autoridad, sino sólo ofrecer sus servicios.  La relación entre ICCRS y expresiones nacionales y locales de la renovación en ningún modo limita las relaciones entre grupos de renovación y sus obispos locales y nacionales. Tampoco la relación entre ICCRS y cualquier persona o grupo de la renovación limita en forma alguna la libertad de éstos de relacionarse con la Santa Sede.

 

 

NATURALEZA

 

            Art. 1.  «Servicios Internacionales de la Renovación Carismática Católica», conocidos como ICCRS, es a nivel mundial la principal organización coordinadora de la renovación carismática católica (RCC). Su misión es el servicio y la promoción de la RCC en todo el mundo, bajo la acción del Espíritu Santo, en estrecho contacto con la Santa Sede. Durante el pontificado de Juan Pablo II, se ha determinado que ICCRS se relacione con la Santa Sede principalmente a través de su «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) en el Pontificio Consejo para los Laicos.

            Art. 2.  ICCRS es una PERSONALIDAD JURIDICA «ad instar», es decir, corresponde a una ASOCIACION PRIVADA DE FIELES (cfr. CC 321-329, 116, 2).

            Art. 3.  ICCRS da una especial importancia a la fidelidad a la Iglesia Católica, por parte de quienes participan en la renovación carismática, tanto personas como grupos, y a su obediencia al Papa y a los obispos, de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia.

            Art. 4. A nivel horizontal, ICCRS se esfuerza por mantener relaciones cordiales de respeto y amistad con movimientos espirituales que existen en la Iglesia Católica, evitando en sus políticas los privilegios especiales, de acuerdo con las enseñanzas del Apóstol en Fil. 2, 1-11 y Ef. 4, 2-7.

            Art. 5.   Aunque preserva su identidad católica, ICCRS mantiene vínculos fraternales con otras comunidades cristianas que tambien creen en el poder del Espíritu Santo. Sin embargo, ICCRS no inicia ninguna actividad ecuménica internacional sin obedecer las normas de la Iglesia al respecto, consultando primero, cuando se requiera, a la Santa Sede o al obispo diocesano.

            Art. 6.   Con el fin de ser útil a todas las personas y grupos de la RCC, ICCRS  hace un esfuerzo especial por acoger a los participantes en la renovación que acuden a él, y busca atender sus necesidades.

            Art. 7.   Para prestar estos servicios, ICCRS no tiene ninguna autoridad jurisdiccional sobre la RCC, puesto que ésta está directamente bajo el Obispo diocesano. Sin embargo, ICCRS tiene influencia moral en la RCC en todo el mundo por razón de los servicios que brinda y que se describen en estos estatutos.

 

 

OBJETIVOS DE ICCRS

 

            Art. 8.  ICCRS sirve a la RCC a nivel mundial como centro de unidad, comunicación y cooperación con el fin de cumplir el deseo de Cristo: «Que todos sean uno» (Jn. 17, 21) y mantener el cuerpo de Cristo sin divisiones (1 Cor. 12, 4-31).  Esta unidad tiene que entenderse en el contexto de la diversidad, puesto que dentro de la RCC puede haber, y de hecho las hay, diferentes formas y manifestaciones.

El servicio de ICCRS incluye lo siguiente:

1.   Ayudar a todos los líderes de la RCC del mundo a través de comunicación constante.  Esto se realiza mediante:

    a. Preparación de diferente material sobre la RCC, que coloca a disposición de todos.

    b. Participación, a través de sus miembros, en conferencias, congresos, asambleas, etc., con el fin de promover la seguridad, la comunión, la paz y el gozo, así como una sólida doctrina.

    c. Ayuda mediante apoyo financiero, visitas e intercambios entre los diferentes centros para el mutuo enriquecimiento; y

    d. Ayuda para promover los pasos y decisiones que sean más prudentes y estén en conformidad con los propósitos  de la Iglesia en lo que concierne a evangelización, trabajo pastoral, etc.

    En todo esto y en general en todos los asuntos, ICCRS actúa respetando el principio de subsidiariedad.

2. Brindar asistencia a la RCC y a los obispos para estimular los carismas y discernir sobre ellos, siguiendo la doctrina del Vaticano II (LG 12,2).

3. Buscar el entendimiento mutuo entre  la RCC y la Iglesia, siguiendo las orientaciones del Papa, y animar, a nivel internacional, la colaboración entre la RCC, los obispos y los teólogos.

4. Estimular a los participantes en la RCC para que trabajen por la evangelización del mundo - «El amor de Cristo nos apremia» (2 Co. 5,14)- enfocados hacia el tercer milenio después del nacimiento de Cristo. Este es un reto que propone el Romano Pontífice. ICCRS lo acepta, confiado en la asistencia especial del Espíritu Santo, trabajando en enfocar las energías de la RCC desde las áreas más desarrolladas hacia aquellas menos desarrolladas o pobres.

5. Servir como centro de información para la RCC y para todos los que deseen conocerla.

6. En su espíritu de servicio, ICCRS mantendrá una relación de diálogo y colaboración con la «Fraternidad Católica de Comunidades de Alianza», reconocida por la Santa Sede como una Asociación Privada de Fieles.

 

    Art. 9.  Con el fin de lograr mejor los propósitos u objetivos arriba mencionados, ICCRS se compromete a cumplir los siguientes servicios:

1. En la medida de lo posible, el presidente u otros miembros realizarán visitas a los coordinadores nacionales de la RCC y a los centros de la RCC en el mundo.  Sus visitas deben coincidir, si es posible,  con algún evento importante que reúna un número considerable de participantes en la RCC.  Los miembros de ICCRS deberán también intercambiar con los líderes sus impresiones sobre los programas y proyectos y ofrecer servicios a estos líderes, en cuanto sea posible.

2. Tener comunicación regular con los líderes de la RCC en todo el mundo mediante cartas, el BOLETIN DE ICCRS para líderes y otros escritos.

3. Organizar conferencias y congresos mundiales para líderes de la RCC, y también apoyar otras iniciativas y propuestas para otra clase de conferencias o encuentros a nivel nacional e internacional.

4.  Preparar estudios teológicos y pastorales sobre la RCC, conocidos como «Documentos de ICCRS», y desarrollarlos gradualmente de modo que se cubran temas que brinden una adecuada catequesis a los grupos de la RCC.

5. Promover otros escritos y publicaciones sobre la RCC en diferentes partes del mundo, y facilitar su traducción a otros idiomas.

6. Mantener contacto frecuente con la Santa Sede a través del «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) y el Pontificio Consejo para los Laicos.

7. Visitar los diferentes dicasterios u oficinas de la Santa Sede para mantenerlos informados sobre el progreso de la RCC a nivel mundial y para dialogar con ellos sobre aspectos teológicos y pastorales de la RCC.  Las visitas serán realizadas por aquellos miembros delegados por ICCRS en su asamblea general anual.

8. Distribuir equitativamente ayuda financiera para el desarrollo y promoción de la RCC en las regiones más pobres del mundo, de acuerdo con los medios de ICCRS.

 

 

ESTRUCTURAS DE ICCRS

 

    Art. 10.  Los objetivos, metas y proyectos de ICCRS serán promovidos por su Consejo.  En los servicios ofrecidos a las regiones y países del mundo, ICCRS no tiene autoridad jurídica sobre la RCC.

 

 

CONSEJO DE ICCRS

 

a. Composición

 

    Art. 11.  Los miembros de ICCRS forman el Consejo del ICCRS.  El Consejo del ICCRS consta de un Presidente, un Vicepresidente y doce consejeros, elegidos en la siguiente forma: dos de Norteamérica, dos de América Latinatres de Europa (uno de Europa del Norte, otro de Europa del Sur y otro de Europa del Este), dos de Africa (uno de los países de habla francesa y otro de los países de habla inglesa), y tres de Asia-Oceanía El Consejo de ICCRS tiene un «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) nombrado por el Santo Padre.

    Art. 12. El Consejo puede aceptar nuevos miembros que representen ministerios particulares, comunidades de alianza y áreas geográficas extensas que aún no estén representadas.

    Art. 13.  ICCRS tiene su oficina oficial en Roma.  El cambio de sede debe ser aprobado por una mayoría de 2/3, con la aprobación del «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) y en diálogo con el Pontificio Consejo para los Laicos.

 

 

 

Misión de cada miembro

 

            Art. 14.  Son deberes del Presidente:

            1. Permanecer en contacto con los otros miembros y consultarlos;

            2. Ejecutar las decisiones de ICCRS;

            3. Convocar y presidir las reuniones de ICCRS y preparar la agenda después de consultar a los demás miembros;

            4. Representar a ICCRS ante la Santa Sede con los delegados que se mencionan en el Art.9.7;

            5. Nombrar al personal de la oficina y asignarle sus deberes; y

            6. Autorizar gastos importantes de los consejeros.

 

    Art. 15. El Vicepresidente ayuda y asiste al Presidente cuando éste se encuentre impedido.

    Art. 16. Los Consejeros:

            1. Están obligados a asistir a las reuniones de ICCRS;

            2. Deben mantenerse en contacto frecuente con el Presidente y con la oficina de ICCRS y suministrarles la información que les soliciten;

            3. Deben servir en los comités de ICCRS para los cuales son nombrados;

            4. Deben enviar un informe detallado anual a ICCRS sobre la situación de la RCC en su área geográfica o en su particular área de atención, brindando una apreciación real de la renovación;

            5. Deben esforzarse por elevar los niveles de la RCC y por ser ejemplos auténticos para sus grupos geográficos o áreas particulares;

            6. Deben buscar representar a ICCRS en su propia área geográfica o su particular área de atención y ante todos los grupos posibles de la RCC en su área;

            7. Deben estar disponibles para ayudar al progreso de los grupos de la RCC mediante consulta frecuente con los directores de éstos, adicional a lo estipulado en el Artículo 8;

            8. Pueden establecer centros regionales para consejería y proyectos similares; y

            9. Conjuntamente, sobre la base de un lenguaje común, de la proximidad geográfica u otros intereses comunes, pueden congregar participantes en la renovación para estudiar las posibilidades de ayuda mutua, intercambio de servicios, de personal y de publicaciones, o realizar en común  asambleas,  congresos, etc.

 

 

 

            Art. 17. El «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal):

            1. Está invitado a asistir a las reuniones y comités de ICCRS;

            2. Asesora al Consejo de ICCRS y a su Oficina en aspectos teológicos   y espirituales;

            3. Se cerciora de que los objetivos centrales de los movimientos carismáticos católicos  y de ICCRS sean acordes con el Magisterio de la Iglesia Católica y especialmente con las enseñanzas y la orientación del Santo Padre con respecto a la Renovación Carismática;

            4. Promueve la unidad dentro de la pluralidad del movimiento carismático católico a nivel internacional;

            5. Es consultado especialmente en relación con decisiones y programas importantes (tales como, por ejemplo, la elección de Presidente, cambios en los Estatutos o cambios de locación).

 

 

Elecciones

 

    Art. 18. Duración del mandato Los miembros de ICCRS son elegidos para períodos de tres años.  Pueden ser releegidos, pero sólo por dos ocasiones consecutivas (seis años más); sin embargo, en circunstancias especiales, ICCRS puede extender el mandato por un período adicional.

    Art. 19. Los nuevos miembros de ICCRS son elegidos por los miembros existentes, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

            1. Pertenecer a la Iglesia Católica, lo cual se requiere para un liderazgo en la RCC;

            2. Tener liderazgo en la RCC y total compromiso  con la RCC, no ser simplemente un representante ni alguien que recoge información ni un consejero o un delegado episcopal y sin compromiso con la RCC.

            3. Ser representante de una sección cualificada de la RCC (por ejemplo, las comunidades de alianza) o de una realidad particular, por lengua o por cultura, y estar comprometido en actividades sociales y pastorales de la RCC;

            4. Entender bien el progreso y evolución de la RCC;

            5. Ser personas especialmente preparadas, capaces de trabajar con otros, de buen juicio y con imaginación y creatividad para los servicios particulares de ICCRS;

            6. Ser personas bien conocidas por su buena reputación y compromiso con Cristo y con la Iglesia.

 

    Art. 20.  Procedimientos para la elección.

            1. Todos y cada uno de los miembros de ICCRS tienen voz y voto en la elección.

            2. Los líderes de varias regiones pueden proponer nombres.  Después los miembros existentes de ICCRS y estos líderes pueden discutir el tema, a lo cual puede seguir un tiempo de diálogo, oración y discernimiento por parte de los miembros existentes de ICCRS.

            3. Para la elección de un nuevo miembro, se requiere la mayoría de las dos terceras partes de los miembros de ICCRS.  Un miembro no participa en la votación para la propia reelección.

            4. Cuando un miembro de ICCRS renuncia a una posición en el Consejo, el sucesor no necesariamente tiene que venir del mismo país, aunque se debe tomar en consideración el área geográfica.

            5. Cualquier cambio en la responsabilidad de un miembro, aprobado por ICCRS, no implica la renuncia de ese miembro.

            6. La votación se realiza mediante voto secreto.

 

    Art. 21. El Presidente es elegido por los miembros del ICCRS a partir de nominaciones aprobadas por el Pontificio Consejo para los Laicos.

    Art. 22. Si la mayoría de los miembros del Consejo considera que el presidente no está cumpliendo los deberes de su cargo, entonces, luego de diálogo fraternal con el presidente y después de apropiada consulta al Pontificio Consejo para los Laicos, los miembros, habiendo presentado esto al Señor, pueden, en caridad, solicitar al Presidente su renuncia.

    Si el Presidente rehúsa hacerlo, el Vicepresidente asume el oficio de la Presidencia y convoca una reunión extraordinaria de ICCRS para estudiar el asunto y actuar en consecuencia. El Presidente no asistirá a la reunión, pero puede presentar por escrito las razones por las cuales no renuncia y se le debe dar la oportunidad de responder a cualquier nuevo alegato hecho durante la reunión extraordinaria.  Si después de plena discusión en la reunión y de cualquier diálogo necesario con el Presidente, se debe hacer una votación, el procedimiento seguirá lo indicado en el Canon 119. 2, y la decisión será comunicada al Pontificio Consejo para los Laicos.  Si se debe elegir un nuevo presidente, el procedimiento seguirá la norma establecida en el Art. 21.  Luego de la elección del nuevo Presidente, se hará una votación adicional para decidir si el Presidente depuesto seguirá siendo miembro del Consejo.

 

 

Reuniones y Comités de ICCRS

 

    Art. 23. El Consejo de ICCRS se reúne al menos una vez al año durante cuatro o cinco días.  La reunión consta del compartir personal, los informes sobre las diversas regiones y una sesión de trabajo.

    Art. 24. Dos comités funcionan dentro de ICCRS:

    1. El comité ejecutivo, conformado por el Presidente y dos o tres miembros, elegidos por ICCRS.  Una persona autorizada por el presidente llevará las minutas.  La misión del comité ejecutivo es tomar decisiones sobre problemas urgentes que se presenten en el lapso de tiempo entre dos sesiones del ICCRS, cuando no sea posible esperar hasta la siguiente reunión. Después, las medidas que han sido adoptadas deben ser examinadas por ICCRS en su reunión regular, para confirmarlas o corregirlas.

    2. El comité financiero, conformado por el Presidente y dos miembros que son elegidos por ICCRS y que no son miembros del comité ejecutivo. El Director Ejecutivo está presente también, como experto, con voz pero sin voto, a menos que al mismo tiempo sea consejero del ICCRS.  Su objeto es resolver problemas financieros urgentes del Consejo, de ICCRS y de los proyectos sobre los que éste ha decidido.

    3. Ambos comités presentarán anualmente a ICCRS un informe completo de sus actividades.

 

 

 

OFICINA DE ICCRS

 

    Art. 25. La oficina de ICCRS sirve al Consejo de ICCRS, ejerciendo la administración necesaria para ejecutar las decisiones del Consejo.  Está dotada con equipo suficiente para cumplir la tarea que se le encomienda y para conservar los archivos.  Tiene el personal necesario, de acuerdo con los criterios de ICCRS, elegido de diferentes partes del mundo, con representación especial de los idiomas más hablados dentro de la RCC.

    Art. 26. El Director Ejecutivo es elegido por los miembros del Consejo de ICCRS, y puede ser o no ser necesariamente un miembro del Consejo.

    Art. 27. La oficina de ICCRS es manejada por el Director Ejecutivo, bajo la supervisión continua del Presidente y con base en las pautas del Consejo.  La labor de la oficina es de coordinación y administración:

 

            1. Su actividad de coordinación comprende:

a. Mantener en orden y actualizadas las listas de ICCRS sobre los líderes área por área, así como cualquier otra información importante;

b. Atender la correspondencia;

c. Informar a los miembros involucrados sobre las novedades importantes que se reciben de sus áreas;

d. Manejar la impresión y distribución del boletín;

e. Colaborar en la reunión del Consejo y llevar las actas;

f. Estar disponible para escribir cartas, realizar traducciones, etc. para el Presidente y los miembros del Consejo;

g. Organizar las conferencias de ICCRS y las reuniones del consejo;

h. Coordinar la impresión y publicación de los libros de ICCRS;

i. Publicar un boletín especial anual en el que se resume la situación de la RCC en el mundo con base en los informes de los miembros de ICCRS.

 

            2. Sus actividades Administrativas y Financieras comprenden:

a. Mantener en orden y actualizados los libros contables, de acuerdo con los medios modernos; dichos libros pueden ser examinados por la autoridad eclesiástica de acuerdo con el Canon 325;

b. Preparar el presupuesto anual a ser aprobado por los miembros de ICCRS;

c. Preparar el balance anual y el estado de pérdidas y ganancias;

d. Obtener, con el permiso y la ayuda de los miembros de ICCRS, recursos financieros, tratando de no omitir nunca lo que ICCRS requiera para cumplir su misión con dignidad; y

e. Reembolsar a los miembros de ICCRS y al personal de la oficina los gastos de acuerdo con las pautas de ICCRS y de su presidente.

            3. Otra tarea importante para la Oficina es la de acoger visitantes.

 

    Art. 30. La Oficina de ICCRS está regulada por los presentes estatutos y por las instrucciones del Comité Ejecutivo.

 

 

MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS

 

    Art. 31. Todo cambio a estos estatutos requiere el consentimiento de la mayoría de los miembros del Consejo de ICCRS antes de someter las modificaciones propuestas al Pontificio Consejo para los Laicos para su aprobación.

 

 


[_Principal_]     [_Aborto_]     [_Adopte_a_un_Seminarista_]     [_La Biblia_]     [_Biblioteca_]    [_Blog siempre actual_]     [_Castidad_]     [_Catequesis_]     [_Consultas_]     [_De Regreso_a_Casa_]     [_Domingos_]      [_Espiritualidad_]     [_Flash videos_]    [_Filosofía_]     [_Gráficos_Fotos_]      [_Canto Gregoriano_]     [_Homosexuales_]     [_Humor_]     [_Intercesión_]     [_Islam_]     [_Jóvenes_]     [_Lecturas _Domingos_Fiestas_]     [_Lecturas_Semanales_Tiempo_Ordinario_]     [_Lecturas_Semanales_Adv_Cuar_Pascua_]     [_Mapa_]     [_Liturgia_]     [_María nuestra Madre_]     [_Matrimonio_y_Familia_]     [_La_Santa_Misa_]     [_La_Misa_en_62_historietas_]     [_Misión_Evangelización_]     [_MSC_Misioneros del Sagrado Corazón_]     [_Neocatecumenado_]     [_Novedades_en_nuestro_Sitio_]     [_Persecuciones_]     [_Pornografía_]     [_Reparos_]    [_Gritos de PowerPoint_]     [_Sacerdocip_]     [_Los Santos de Dios_]     [_Las Sectas_]     [_Teología_]     [_Testimonios_]     [_TV_y_Medios_de_Comunicación_]     [_Textos_]     [_Vida_Religiosa_]     [_Vocación_cristiana_]     [_Videos_]     [_Glaube_deutsch_]      [_Ayúdenos_a_los_MSC_]      [_Faith_English_]     [_Utilidades_]