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EL PONTIFICIO CONSEJO PARA
LOS LAICOS
D E C R E T O
Renovación Carismática Católica
«Vivimos en la Iglesia en un
momento privilegiado del Espíritu», declaró Su Santidad Pablo VI en la
Exhortación Apostólica Evangelii Nuntiandi (No. 75). Hay, de hecho,
muchos signos a lo largo y ancho del mundo mediante los cuales podemos ver
los frutos del Espíritu. Corrientes, movimientos y testimonios de
santidad renuevan la comunión y la misión de la Iglesia, construida sobre
dones jerárquicos y carismáticos. Entre ellos están la Renovación
Carismática Católica o Renovación en el Espíritu, y las nuevas formas de
vida comunitaria que surgen de ella. «El vigor y los frutos de la
Renovación —dijo Su Santidad Juan Pablo II a los participantes en la 6a.
Asamblea Internacional de la Renovación Carismática, el 15 de mayo de
1987— ciertamente testifica la presencia poderosa del Espíritu Santo en la
Iglesia durante estos años posteriores al Concilio Vaticano II. Por
supuesto, el Espíritu ha guiado a la Iglesia en todas las épocas,
produciendo gran variedad de dones entre los creyentes. Gracias al
Espíritu, la Iglesia constantemente mantiene su juventud y vitalidad.
Y la Renovación Carismática es una manifestación elocuente de esta
vitalidad hoy, una afirmación vigorosa de lo que ‘el Espíritu está
diciendo a las Iglesias’ a medida que nos acercamos al final del segundo
milenio».
Para apoyar las muy diversas
realidades de personas y grupos que responden a la corriente del
movimiento de Renovación Carismática, desde 1978 el Servicio de Renovación
Carismática Católica ha dado una respuesta concreta y positiva,
facilitando la comunicación y la cooperación entre todos.
Aceptando ahora la solicitud que
ICCRS ha hecho de obtener reconocimiento pontificio, de acuerdo con el
actual Código de Derecho Canónico,
Apreciando el propósito de ICCRS
de «servicio y promoción de la RCC en todo el mundo, bajo la acción del
Espíritu Santo» (art. 1), teniendo «una especial preocupación por la
fidelidad a la Iglesia Católica, por parte de los participantes en la
renovación carismática, tanto personas como grupos, y por su obediencia al
Papa y a los otros obispos, de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia»
(art. 3),
Habiendo examinado atentamente
los Estatutos presentados por el ICCRS y después de consultar varios
canonistas, y siguiendo la incorporación en los estatutos de las
observaciones hechas por el Pontificio Consejo para los Laicos y por el
mismo ICCRS el 8 de julio de 1993,
Como continuación y
fortalecimiento de una relación más institucional y regular entre el ICCRS
y la Santa Sede, particularmente a través del Pontificio Consejo para los
Laicos, cuyo vicepresidente, Monseñor Paul J. Cordes, ha sido nombrado por
el Santo Padre como «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) de ICCRS, «ad
personam»,
Confortado por los testimonios
positivos dados por muchos Cardenales y Obispos en relación con el
servicio que realiza ICCRS en la comunión y misión de la Iglesia,
Teniendo también en mente que el
30 de noviembre de 1990 el Pontificio Consejo para los Laicos otorgó
reconocimiento a la Fraternidad Católica de Comunidades y Hermandades
Carismáticas de Alianza, como una asociación privada de fieles, y en la
esperanza de que habrá una fructífera relación de diálogo y cooperación
entre esta asociación y el ICCRS,
EL PONTIFICIO CONSEJO PARA
LOS LAICOS
D E C R E T A
el
reconocimiento de ICCRS como un organismo para la promoción de la RCC, con
personalidad jurídica, de acuerdo con el Can.116,
aprobando sus Estatutos, en su
forma original, depositados en los Archivos de este Dicasterio.
PAUL J. CORDES EDUARDO CARD. PIRONIO
Vicepresidente
Presidente
En el Vaticano, 14 de septiembre
de 1993, fiesta de la Glorificación de la Cruz.
estatutos
La
renovación carismática católica es un movimiento mundial no uniforme.
No tiene un único fundador o grupo de fundadores como lo tienen otros
movimientos. No tiene listas de membresía. Es un conjunto
sumamente diverso de personas, grupos y actividades, con frecuencia
bastante independientes unos de otros, en diferentes etapas y modos de
desarrollo y con diferentes acentos, que sin embargo comparten la misma
experiencia fundamental y abrazan los mismos objetivos generales. Este
modelo de relaciones libremente entretejidas se encuentra a niveles
diocesanos y nacionales, así como a nivel internacional.
Estas relaciones con mucha frecuencia se caracterizan por la libre
asociación, el diálogo y la colaboración más que por la integración en una
estructura organizada. El
liderazgo se caracteriza más por el ofrecimiento de servicios a quienes lo
requieren, que por el gobierno.
Los
objetivos generales de la Renovación Carismática Católica, o Renovación
Católica Pentecostal, como también se le llama, incluyen:
1. Fomentar
una conversión personal, madura y continua hacia Jesucristo, nuestro
Señor y Salvador.
2. Fomentar
una receptividad personal decisiva hacia la persona, la presencia y el
poder del Espíritu Santo.
Estas dos gracias espirituales con frecuencia se experimentan unidas, en
lo que se ha llamado en diferentes partes del mundo un bautismo en el
Espíritu Santo, o un dejar actuar libremente al Espíritu Santo,
o una renovación en el Espíritu Santo. Por ello,
frecuentemente se entiende como una aceptación personal de las gracias de
la iniciación cristiana y como un ser llenos de poder, para prestar un
servicio personal cristiano en la Iglesia y en el mundo.
3.
Fomentar la recepción y utilización de los dones espirituales (charismata)
no sólo en la renovación carismática, sino también en toda la Iglesia.
Estos
dones, ordinarios y extraordinarios, se encuentran en abundancia en laicos,
religiosos y clérigos. La apropiada comprensión y utilización de
estos dones en armonía con otros elementos de la vida de la Iglesia es
fuente de fortaleza para los cristianos en su camino a la santidad y en la
realización de su misión.
4. Fomentar el trabajo de evangelización con el poder del
Espíritu Santo; esto incluye la evangelización de quienes no están en
la Iglesia, la re-evangelización de los cristianos nominales y la
evangelización de la cultura y de las estructuras sociales. La
renovación motiva especialmente a compartir la misión de la Iglesia
en la proclamación del evangelio, de palabra y de obra, y a ser
testigos de Jesucristo mediante el testimonio personal y las obras de fe y
de justicia a las que cada uno está llamado.
5.
Promover el crecimiento progresivo en la santidad mediante la apropiada
integración de estos acentos carismáticos con la totalidad de la vida de
la Iglesia. Este crecimiento se realiza mediante la
participación en una vida litúrgica y sacramental rica, la apreciación de
la tradición de la oración y la espiritualidad católicas, la formación
permanente en la doctrina católica guiada por el magisterio eclesial, y la
participación en el plan pastoral de la Iglesia.
Estos
objetivos y los proyectos que de ellos surgen han marcado la renovación
carismática católica en personas, grupos de oración, comunidades,
ministerios y equipos de servicio locales, diocesanos y nacionales.
Con el fin de atender las necesidades de comunicación, cooperación y
coordinación, en 1978 se creó un consejo y se estableció una oficina, con
el auspicio del Cardenal Leon Joseph Suenens, designado por el papa
Pablo VI como «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) de la
renovación a nivel internacional. El consejo se formó con líderes de todo
el mundo y la oficina se estableció primero en Bruselas y después en Roma.
El 23 de mayo de 1984, el papa Juan Pablo II designó a monseñor
Paul J. Cordes para suceder al Cardenal Suenens como su representante
ante el Consejo. Desde 1978 el Consejo ha desarrollado una organización
internacional que por una parte promueve la comunicación y la cooperación
entre las organizaciones nacionales de la renovación y por otra
parte constituye un canal de comunicación y cooperación de la renovación,
a nivel internacional, con la Santa Sede.
Esta organización ahora se
conoce como ICCRS, Servicios Internacionales de la Renovación
Carismática Católica.
ICCRS, Servicios Internacionales de la Renovación Carismática
Católica, es una institución (organización) que busca promover la
renovación carismática en la Iglesia Católica Romana a nivel mundial.
La institución consta de un consejo internacional que comparte y establece
las metas, objetivos y proyectos centrales, y que tiene una oficina
ubicada en Roma, responsable de llevar a cabo las decisiones del Consejo.
Para realizar sus metas y objetivos, ICCRS busca ofrecer un
servicio útil a la renovación a nivel mundial. ICCRS procura reunir
sabiduría, discernimiento y experiencia de todas las partes del mundo y a
su turno ponerlos a disposición de todo el mundo. Cuando ICCRS
brinda enseñanzas o consejo pastoral, emite orientaciones u ofrece
formación local, lo hace como un servidor que ofrece ayuda, no como una
autoridad que espera ser obedecida.
En lo relativo a expresiones nacionales y locales de la renovación
carismática, ICCRS desea enfatizar su compromiso en este papel de
servidor. Por tanto, tiene una autoridad de servicio, una cierta
autoridad moral. Sin embargo, ICCRS no busca imponer su
autoridad, sino sólo ofrecer sus servicios.
La relación entre
ICCRS y expresiones nacionales y locales de la renovación en ningún
modo limita las relaciones entre grupos de renovación y sus obispos
locales y nacionales.
Tampoco la relación entre
ICCRS y cualquier persona o grupo de la renovación limita en forma
alguna la libertad de éstos de relacionarse con la Santa Sede.
Art. 1. «Servicios Internacionales de la Renovación
Carismática Católica», conocidos como ICCRS, es a nivel mundial
la principal organización coordinadora de la renovación
carismática católica (RCC). Su misión es el servicio y la
promoción de la RCC en todo el mundo, bajo la acción del Espíritu Santo,
en estrecho contacto con la Santa Sede. Durante el pontificado de Juan
Pablo II, se ha determinado que ICCRS se relacione con la Santa Sede
principalmente a través de su «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal)
en el Pontificio Consejo para los Laicos.
Art. 2. ICCRS es una PERSONALIDAD JURIDICA «ad instar», es
decir, corresponde a una ASOCIACION PRIVADA DE FIELES (cfr. CC
321-329, 116, 2).
Art. 3. ICCRS da una especial importancia a la fidelidad a
la Iglesia Católica, por parte de quienes participan en la renovación
carismática, tanto personas como grupos, y a su obediencia al Papa y a los
obispos, de acuerdo con las enseñanzas de la Iglesia.
Art. 4. A nivel horizontal, ICCRS se esfuerza por mantener
relaciones cordiales de respeto y amistad con movimientos espirituales que
existen en la Iglesia Católica, evitando en sus políticas los privilegios
especiales, de acuerdo con las enseñanzas del Apóstol en Fil. 2, 1-11 y
Ef. 4, 2-7.
Art. 5.
Aunque preserva su identidad católica, ICCRS mantiene vínculos
fraternales con otras comunidades cristianas que tambien creen en el poder
del Espíritu Santo. Sin embargo, ICCRS no inicia ninguna actividad
ecuménica internacional sin obedecer las normas de la Iglesia al respecto,
consultando primero, cuando se requiera, a la Santa Sede o al obispo
diocesano.
Art. 6.
Con el fin de ser útil a todas las personas y grupos de la RCC, ICCRS
hace un esfuerzo especial por acoger a los participantes en la renovación
que acuden a él, y busca atender sus necesidades.
Art. 7.
Para prestar estos servicios, ICCRS no tiene ninguna autoridad
jurisdiccional sobre la RCC, puesto que ésta está directamente bajo el
Obispo diocesano.
Sin embargo,
ICCRS tiene influencia moral en la RCC en todo el mundo por razón de
los servicios que brinda y que se describen en estos estatutos.
Art. 8. ICCRS sirve a la RCC a nivel mundial como
centro de unidad, comunicación y cooperación con el fin de cumplir el
deseo de Cristo: «Que todos sean uno» (Jn. 17, 21) y mantener el
cuerpo de Cristo sin divisiones (1 Cor. 12, 4-31). Esta unidad tiene
que entenderse en el contexto de la diversidad, puesto que dentro de la
RCC puede haber, y de hecho las hay, diferentes formas y manifestaciones.
El servicio de ICCRS
incluye lo siguiente:
1.
Ayudar a todos los líderes de la RCC del mundo a través de
comunicación constante. Esto se realiza mediante:
a.
Preparación de
diferente material sobre la RCC, que coloca a disposición de todos.
b.
Participación, a
través de sus miembros, en conferencias, congresos, asambleas, etc., con
el fin de promover la seguridad, la comunión, la paz y el gozo, así como
una sólida doctrina.
c.
Ayuda mediante
apoyo financiero, visitas e intercambios entre los diferentes centros para
el mutuo enriquecimiento; y
d. Ayuda
para promover los pasos y decisiones que sean más prudentes y estén en
conformidad con los propósitos de la Iglesia en lo que concierne a
evangelización, trabajo pastoral, etc.
En todo
esto y en general en todos los asuntos, ICCRS actúa respetando el
principio de subsidiariedad.
2. Brindar
asistencia a la RCC y a los obispos para estimular los carismas y
discernir sobre ellos, siguiendo la doctrina del Vaticano II (LG 12,2).
3. Buscar
el entendimiento mutuo entre la RCC y la Iglesia, siguiendo las
orientaciones del Papa, y animar, a nivel internacional, la colaboración
entre la RCC, los obispos y los teólogos.
4. Estimular a los
participantes en la RCC
para que trabajen por la evangelización del mundo - «El amor de Cristo
nos apremia» (2 Co. 5,14)- enfocados hacia el tercer milenio después
del nacimiento de Cristo. Este es un reto que propone el Romano Pontífice.
ICCRS lo acepta, confiado en la asistencia especial del Espíritu
Santo, trabajando en enfocar las energías de la RCC desde las áreas más
desarrolladas hacia aquellas menos desarrolladas o pobres.
5.
Servir como centro de información para la RCC y para todos los que deseen
conocerla.
6.
En su espíritu de servicio,
ICCRS mantendrá una relación de diálogo y colaboración con la «Fraternidad
Católica de Comunidades de Alianza», reconocida por la Santa Sede como
una Asociación Privada de Fieles.
Art. 9.
Con el fin de lograr mejor los propósitos u objetivos arriba mencionados,
ICCRS se compromete a cumplir los siguientes servicios:
1.
En la medida de
lo posible, el presidente u otros miembros realizarán visitas a los
coordinadores nacionales de la RCC y a los centros de la RCC en el mundo.
Sus visitas deben coincidir, si es posible, con algún evento
importante que reúna un número considerable de participantes en la RCC.
Los miembros de ICCRS deberán también intercambiar con los líderes sus
impresiones sobre los programas y proyectos y ofrecer servicios a estos
líderes, en cuanto sea posible.
2. Tener
comunicación regular con los líderes de la RCC en todo el mundo
mediante cartas, el BOLETIN DE ICCRS para líderes y otros escritos.
3.
Organizar conferencias y congresos mundiales para líderes de la RCC,
y también apoyar otras iniciativas y propuestas para otra clase de
conferencias o encuentros a nivel nacional e internacional.
4.
Preparar estudios teológicos y pastorales sobre la RCC, conocidos
como «Documentos de ICCRS», y desarrollarlos gradualmente de modo que se
cubran temas que brinden una adecuada catequesis a los grupos de la RCC.
5. Promover otros
escritos y publicaciones
sobre la RCC en diferentes partes del mundo, y facilitar su traducción a
otros idiomas.
6. Mantener
contacto frecuente con la Santa Sede a través del «Episcopal Adviser»
(Asesor Episcopal) y el Pontificio Consejo para los Laicos.
7. Visitar los diferentes
dicasterios u oficinas de la Santa Sede
para mantenerlos informados sobre el progreso de la RCC a nivel mundial y
para dialogar con ellos sobre aspectos teológicos y pastorales de la RCC.
Las visitas serán realizadas por aquellos miembros delegados por ICCRS en
su asamblea general anual.
8. Distribuir
equitativamente ayuda financiera
para el desarrollo y promoción de la RCC en las regiones más pobres del
mundo, de acuerdo con los medios de ICCRS.
Art. 10.
Los objetivos, metas y proyectos de ICCRS serán promovidos por su Consejo.
En los servicios
ofrecidos a las regiones y países del mundo, ICCRS no tiene autoridad
jurídica sobre la RCC.
a. Composición
Art. 11.
Los
miembros de ICCRS forman el Consejo del ICCRS. El Consejo del
ICCRS consta de un Presidente, un Vicepresidente y doce consejeros,
elegidos en la siguiente forma: dos de Norteamérica, dos de
América Latina, tres de Europa (uno de Europa del Norte,
otro de Europa del Sur y otro de Europa del Este), dos de Africa (uno
de los países de habla francesa y otro de los países de habla inglesa),
y tres de Asia-Oceanía.
El Consejo de ICCRS tiene
un «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal) nombrado por el Santo Padre.
Art. 12. El Consejo puede aceptar nuevos miembros que representen
ministerios particulares, comunidades de alianza y áreas geográficas
extensas que aún no estén representadas.
Art. 13.
ICCRS tiene su oficina oficial en Roma. El cambio de sede
debe ser aprobado por una mayoría de 2/3, con la aprobación del «Episcopal
Adviser» (Asesor Episcopal) y en diálogo con el Pontificio Consejo para
los Laicos.
Art. 14. Son deberes del Presidente:
1.
Permanecer en contacto con los otros miembros y consultarlos;
2.
Ejecutar las decisiones de ICCRS;
3.
Convocar y presidir las reuniones de ICCRS y preparar la agenda
después de consultar a los demás miembros;
4. Representar a ICCRS ante la Santa Sede con los delegados
que se mencionan en el Art.9.7;
5.
Nombrar al personal de la oficina y asignarle sus deberes; y
6.
Autorizar gastos importantes de los consejeros.
Art. 15.
El Vicepresidente
ayuda y asiste al Presidente cuando éste se encuentre impedido.
Art. 16. Los
Consejeros:
1.
Están
obligados a asistir a las reuniones de ICCRS;
2. Deben mantenerse en contacto frecuente con el Presidente y con la
oficina de ICCRS y suministrarles la información que les soliciten;
3. Deben servir en los comités de ICCRS para los cuales son
nombrados;
4.
Deben enviar un informe
detallado anual a ICCRS sobre la situación de la RCC en su área
geográfica o en su particular área de atención, brindando una apreciación
real de la renovación;
5.
Deben esforzarse
por elevar los niveles de la RCC y por ser ejemplos auténticos para sus
grupos geográficos o áreas particulares;
6. Deben buscar representar a ICCRS en su propia área geográfica o
su particular área de atención y ante todos los grupos posibles de la RCC
en su área;
7.
Deben estar disponibles para ayudar al progreso de los grupos de la
RCC mediante consulta frecuente con los directores de éstos, adicional a
lo estipulado en el Artículo 8;
8.
Pueden establecer centros regionales para consejería y proyectos
similares; y
9. Conjuntamente, sobre la base de un lenguaje común, de la
proximidad geográfica u otros intereses comunes, pueden congregar
participantes en la renovación para estudiar las posibilidades de ayuda
mutua, intercambio de servicios, de personal y de publicaciones, o
realizar en común asambleas, congresos, etc.
Art.
17. El «Episcopal Adviser» (Asesor Episcopal):
1.
Está
invitado a asistir a las reuniones y comités de ICCRS;
2. Asesora al Consejo de ICCRS y a su Oficina en aspectos
teológicos y espirituales;
3. Se cerciora de que los objetivos centrales de los movimientos
carismáticos católicos y de ICCRS sean acordes con el
Magisterio de la Iglesia Católica y especialmente con las enseñanzas y la
orientación del Santo Padre con respecto a la Renovación Carismática;
4.
Promueve la unidad dentro
de la pluralidad del movimiento carismático católico a nivel
internacional;
5. Es consultado especialmente en relación con decisiones y
programas importantes (tales como, por ejemplo, la elección de Presidente,
cambios en los Estatutos o cambios de locación).
Art. 18.
Duración del mandato.
Los miembros de
ICCRS son elegidos para períodos de tres años. Pueden ser
releegidos, pero sólo por dos ocasiones consecutivas (seis años más); sin
embargo, en circunstancias especiales, ICCRS puede extender el mandato por
un período adicional.
Art. 19.
Los nuevos miembros de ICCRS son elegidos por los miembros
existentes, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
1.
Pertenecer a la Iglesia Católica, lo cual se requiere para un liderazgo en
la RCC;
2. Tener liderazgo en la RCC y total compromiso con la RCC,
no ser simplemente un representante ni alguien que recoge información ni
un consejero o un delegado episcopal y sin compromiso con la RCC.
3. Ser representante de una sección cualificada de la RCC (por
ejemplo, las comunidades de alianza) o de una realidad particular, por
lengua o por cultura, y estar comprometido en actividades sociales y
pastorales de la RCC;
4.
Entender bien el progreso y evolución de la RCC;
5. Ser personas especialmente preparadas, capaces de trabajar con
otros, de buen juicio y con imaginación y creatividad para los servicios
particulares de ICCRS;
6.
Ser personas bien conocidas por su buena reputación y compromiso con
Cristo y con la Iglesia.
Art. 20. Procedimientos para la elección.
1.
Todos y cada uno de los miembros de ICCRS tienen voz y voto en la
elección.
2. Los líderes de varias regiones pueden proponer nombres.
Después los miembros existentes de ICCRS y estos líderes pueden
discutir el tema, a lo cual puede seguir un tiempo de diálogo, oración y
discernimiento por parte de los miembros existentes de ICCRS.
3.
Para la elección de un nuevo miembro, se requiere la mayoría de las dos
terceras partes de los miembros de ICCRS.
Un miembro no participa en
la votación para la propia reelección.
4. Cuando un miembro de ICCRS renuncia a una posición en el
Consejo, el sucesor no necesariamente tiene que venir del mismo país,
aunque se debe tomar en consideración el área geográfica.
5.
Cualquier cambio en la responsabilidad de un miembro, aprobado por
ICCRS, no implica la renuncia de ese miembro.
6. La votación se realiza mediante voto secreto.
Art. 21.
El Presidente es elegido por los miembros del ICCRS a partir de
nominaciones aprobadas por el Pontificio Consejo para los Laicos.
Art. 22.
Si la mayoría de los miembros del Consejo considera que el presidente no
está cumpliendo los deberes de su cargo, entonces, luego de diálogo
fraternal con el presidente y después de apropiada consulta al Pontificio
Consejo para los Laicos, los miembros, habiendo presentado esto al Señor,
pueden, en caridad, solicitar al Presidente su renuncia.
Si el
Presidente rehúsa hacerlo, el Vicepresidente asume el oficio de la
Presidencia y convoca una reunión extraordinaria de ICCRS para estudiar el
asunto y actuar en consecuencia. El Presidente no asistirá a la reunión,
pero puede presentar por escrito las razones por las cuales no renuncia y
se le debe dar la oportunidad de responder a cualquier nuevo alegato hecho
durante la reunión extraordinaria. Si después de plena discusión en
la reunión y de cualquier diálogo necesario con el Presidente, se debe
hacer una votación, el procedimiento seguirá lo indicado en el Canon 119.
2, y la decisión será comunicada al Pontificio Consejo para los Laicos.
Si se debe elegir un nuevo presidente, el procedimiento seguirá la norma
establecida en el Art. 21. Luego de la elección del nuevo
Presidente, se hará una votación adicional para decidir si el Presidente
depuesto seguirá siendo miembro del Consejo.
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Reuniones y Comités de ICCRS
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Art. 23.
El Consejo de ICCRS se reúne al menos una vez al año durante
cuatro o cinco días. La reunión consta del compartir personal, los
informes sobre las diversas regiones y una sesión de trabajo.
Art. 24.
Dos comités funcionan dentro de ICCRS:
1. El comité ejecutivo, conformado por el Presidente y dos o
tres miembros, elegidos por ICCRS. Una persona autorizada por
el presidente llevará las minutas. La misión del comité ejecutivo es
tomar decisiones sobre problemas urgentes que se presenten en el lapso de
tiempo entre dos sesiones del ICCRS, cuando no sea posible esperar hasta
la siguiente reunión. Después, las medidas que han sido adoptadas deben
ser examinadas por ICCRS en su reunión regular, para confirmarlas o
corregirlas.
2.
El comité financiero, conformado por el Presidente y dos
miembros que son elegidos por ICCRS y que no son miembros del
comité ejecutivo. El Director Ejecutivo está presente también, como
experto, con voz pero sin voto, a menos que al mismo tiempo sea consejero
del ICCRS.
Su objeto es
resolver problemas financieros urgentes del Consejo, de ICCRS y de los
proyectos sobre los que éste ha decidido.
3.
Ambos comités presentarán anualmente a ICCRS un informe completo de
sus actividades.
Art. 25.
La oficina de ICCRS sirve al Consejo de ICCRS,
ejerciendo la administración necesaria para ejecutar las decisiones del
Consejo. Está dotada con equipo suficiente para cumplir la tarea que
se le encomienda y para conservar los archivos. Tiene el personal
necesario, de acuerdo con los criterios de ICCRS, elegido de diferentes
partes del mundo, con representación especial de los idiomas más hablados
dentro de la RCC.
Art. 26.
El Director Ejecutivo es elegido por los miembros del Consejo de
ICCRS, y puede ser o no ser necesariamente un miembro del Consejo.
Art. 27.
La oficina de ICCRS es manejada por el Director Ejecutivo, bajo la
supervisión continua del Presidente y con base en las pautas del Consejo.
La labor
de la oficina es de coordinación y administración:
1. Su actividad de coordinación comprende:
a.
Mantener en orden
y actualizadas las listas de ICCRS sobre los líderes área por área, así
como cualquier otra información importante;
b.
Atender la correspondencia;
c.
Informar a los
miembros involucrados sobre las novedades importantes que se reciben de
sus áreas;
d.
Manejar la impresión y
distribución del boletín;
e.
Colaborar en la
reunión del Consejo y llevar las actas;
f.
Estar disponible
para escribir cartas, realizar traducciones, etc. para el Presidente y los
miembros del Consejo;
g.
Organizar las conferencias de ICCRS y las reuniones del consejo;
h.
Coordinar la
impresión y publicación de los libros de ICCRS;
i.
Publicar un boletín especial anual en el que se resume la situación de la
RCC en el mundo con base en los informes de los miembros de ICCRS.
2.
Sus actividades Administrativas y Financieras comprenden:
a.
Mantener en orden y actualizados los libros contables, de acuerdo con los
medios modernos; dichos libros pueden ser examinados por la autoridad
eclesiástica de acuerdo con el Canon 325;
b.
Preparar el presupuesto anual a ser aprobado por los miembros de ICCRS;
c.
Preparar el balance anual y el estado de pérdidas y ganancias;
d.
Obtener, con el permiso y la ayuda de los miembros de ICCRS, recursos
financieros, tratando de no omitir nunca lo que ICCRS requiera para
cumplir su misión con dignidad; y
e.
Reembolsar a los miembros de ICCRS y al personal de la oficina los
gastos de acuerdo con las pautas de ICCRS y de su presidente.
3. Otra tarea
importante para la Oficina es la de acoger visitantes.
Art. 30.
La Oficina de ICCRS está regulada por los presentes estatutos y por
las instrucciones del Comité Ejecutivo.
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MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS
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Art. 31.
Todo cambio a estos estatutos requiere el consentimiento de la mayoría de
los miembros del Consejo de ICCRS antes de someter las
modificaciones propuestas al Pontificio Consejo para los Laicos para su
aprobación.
(cortesía de http://www.iccrs.org/reconoci.htm) |