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CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS
PRESENTACIÓN DE LA INSTRUCCIÓN
“REDEMPTIONIS SACRAMENTUM”
(Sobre algunas cosas que se deben observar o evitar
acerca de la Santísima Eucaristía)
1. Origen de esta Instrucción
En primer lugar, sirve de ayuda ubicar
esta Instrucción en sus
orígenes. El día 17 de abril de 2003, en la Solemne Misa In Coena
Domini del jueves santo, celebrada en la Basílica de San Pedro, el
Santo Padre firmaba y ofrecía a la Iglesia su decimocuarta carta
encíclica,
Ecclesia de Eucharistia.
En este hermoso documento, el Papa Juan
Pablo II declara, inter alia, que la Sagrada Eucaristía “está al
centro de la vida de la Iglesia” (n. 3), que “ella une el cielo con la
tierra. Abraza e impregna toda la creación” (n. 8), y que “es la más
preciada posesión que la Iglesia pueda tener en su peregrinación a través
de la historia” (n. 9).
Al mismo tiempo, el Papa hace notar que
existen procesos positivos, pero también negativos, en su celebración y
culto desde el Concilio Vaticano II (n. 10); que numerosos abusos han sido
causa de sufrimiento para muchos, y que considera su deber “requerir
urgentemente que las normas litúrgicas para la celebración de la
Eucaristía se observen con gran fidelidad” (n. 52). “Precisamente para
hacer brotar con mayor claridad este profundo significado de las normas
litúrgicas”, continúa diciendo, “he pedido a los organismos competentes de
la Curia Romana preparar un documento más específico, incluyendo
disposiciones de naturaleza jurídica, sobre este importantísimo tema. A
nadie le está permitido minusvalorar el misterio confiado a nuestras
manos: es demasiado grande para que cualquiera se sienta en libertad de
tratarlo con ligereza y desidia, debido a su sacralidad y universalidad”
(n. 52).
Este es el origen de la Instrucción
que la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos, en estrecha colaboración con la Congregación para la Doctrina
de la Fe, entrega ahora a la Iglesia Latina.
2. Razones de ser de las Normas
Litúrgicas
Alguien se podría preguntar sobre el
por qué de la existencia de normas litúrgicas. ¿No serían suficientes la
creatividad, la espontaneidad, la libertad de los hijos de Dios y un
ordinario sentido común? ¿Por qué el culto a Dios debe estar reglamentado
por rúbricas y normas? ¿No sería suficiente instruir a la gente sobre la
belleza y la naturaleza sublime de la liturgia?
La normas litúrgicas son necesarias
porque “el Cuerpo Místico de Jesucristo, es decir, la Cabeza y sus
miembros, ejerce el culto público íntegro. En consecuencia, toda
celebración litúrgica, por ser obra de Cristo sacerdote y de su Cuerpo,
que es la Iglesia, es acción sagrada por excelencia” (Sacrosanctum
Concilium, 7). Y la cumbre de la liturgia es la celebración
Eucarística; nadie puede sorprenderse si, con el paso del tiempo, la Santa
Madre Iglesia ha desarrollado palabras y acciones y, por lo tanto,
directivas para este supremo acto de culto. Las normas Eucarísticas son
concebidas para expresar y proteger el misterio Eucarístico, y también
para manifestar que es la Iglesia quien celebra este augusto sacrificio y
sacramento. Como lo expone el Papa Juan Pablo II: “Estas normas son una
expresión concreta de la naturaleza auténticamente eclesial de la
Eucaristía; éste es su más profundo significado. La liturgia no será jamás
propiedad privada de nadie, ni del celebrante ni de la comunidad donde los
sagrados misterios son celebrados” (Ecclesia
de Eucharistia, 52).
Por esto, se sigue que “los sacerdotes
que celebran la Misa piadosamente, según las normas litúrgicas, y la
comunidades que se conforman a esas normas, demuestran, sin exaltación
pero elocuentemente, su amor por la Iglesia” (ibid.).
Obviamente, la conformación externa no
es suficiente. La fe, la esperanza y la caridad, que también se
manifiestan en actos de solidaridad con los necesitados, son exigidas para
participar en la Sagrada Eucaristía. La presente Instrucción
subraya esta dimensión en el artículo 5: “La mera observancia externa de
las normas, como resulta evidente, es contraria a la esencia de la sagrada
Liturgia, con la que Cristo quiere congregar a su Iglesia, y con ella
formar 'un sólo cuerpo y un sólo espíritu'. Por esto la acción externa
debe estar iluminada por la fe y la caridad, que nos unen a Cristo y los
unos a los otros, y suscitan en nosotros la caridad hacia los pobres y
necesitados
3. ¿Es importante poner atención a
los abusos?
Una tentación grande, a la que es necesario
resistir, es pensar que poner atención a los abusos litúrgicos se trate de
una pérdida de tiempo. Alguien escribió que los abusos han existido
siempre y siempre existirán y, que por lo tanto, deberíamos limitarnos
simplemente a la formación litúrgica positiva y a la celebración.
Esta objeción, en parte verdadera, puede
inducir al error. No todos los abusos concernientes a la Sagrada
Eucaristía tienen la misma importancia. Algunos de ellos amenazan a la
validez del sacramento. Otros manifiestan una deficiencia en la fe
eucarística. Otros contribuyen a crear confusión entre el pueblo de Dios y
a hacer crecer la desacralización de la celebración eucarística. En
efecto, ninguno de ellos puede considerarse banal.
Es indiscutible que la formación
litúrgica es necesaria para todos en la Iglesia: “es vitalmente
necesario”, dice el Concilio Vaticano II, “que la atención debe dirigirse,
sobre todo, a la instrucción litúrgica del clero” (Sacrosanctum
Concilium, 14). Pero es también verdadero que “en varias partes de
la Iglesia se han verificado abusos, creando confusión en lo que se
refiere a fe sólida y a la doctrina católica concerniente a este
maravilloso sacramento” (Ecclesia
de Eucharistia, 10). ). “No es extraño que los abusos tengan su
origen en un falso concepto de libertad” (Instrucción, 7). “Los
actos arbitrarios no benefician la verdadera renovación” (Instrucción,
11), que el Concilio Vaticano esperaba. “Estos abusos nada tienen nada que
ver con el auténtico espíritu del Concilio y deben ser corregidos por los
Pastores con una actitud de prudente firmeza” (Juan Pablo II: Carta en el
40° Aniversario de la Sacrosanctum Concilium, 15).
También sobre aquellos que modifican
los textos litúrgicos según su propio arbitrio, es importante observar,
con esta Instrucción, que “la sagrada Liturgia está
estrechamente ligada con los principios doctrinales, por lo que el uso de
textos y ritos que no han sido aprobados lleva a que disminuya o
desaparezca el nexo necesario entre la lex orandi y la lex
credendi” (Instrucción, 10).
4. Visión de conjunto de la Instrucción
La Instrucción consta de una
introducción, ocho capítulos y una conclusión.
El primer capítulo, que trata sobre el
ordenamiento de la sagrada Liturgia, habla de los respectivos papeles de
la Sede Apostólica, del Obispo Diocesano, de la Conferencia Episcopal, de
los Sacerdotes y de los Diáconos. Aquí me limito a tocar solamente el
papel del Obispo Diocesano. Él es el sumo sacerdote de su grey. Él dirige,
anima, promueve y organiza. Juzga sobre la música sacra y el arte.
Instituye las necesarias comisiones para la liturgia, la música y el arte
sagrado (Instrucción, 22, 25). Trata de poner remedio a los abusos
y es a él, o a su asistente, a quien los recursos deben ser dirigidos,
antes que a la Sede Apostólica (Instrucción, 176-182, 184) .
Los sacerdotes han prometido
solemnemente ejercitar con fidelidad su ministerio, así como también los
diáconos. Se espera, pues, que ellos estén a la altura de sus sagradas
responsabilidades.
El segundo capítulo trata de la
participación de los fieles laicos en la celebración Eucarística. El
bautismo es el fundamento del sacerdocio común (Instrucción, 36,
37). El sacerdote ordenado es indispensable para una comunidad Cristiana;
el papel de los sacerdotes y de los fieles laicos no debería ser
confundido (Instrucción, 42, 45). Los laicos tienen su propia
función. La Instrucción pone de relieve que esto no significa que
todos deban necesariamente hacer algo. Más bien, se trata de estar
totalmente conscientes del gran privilegio que Dios les hace al llamarlos
a participar con la mente, el corazón y la vida entera, en la liturgia, y
recibiendo a través de ella la gracia de Dios. Es importante comprender
esto correctamente y no suponer que la Instrucción contiene, en
algún modo, prejuicios contra los laicos.
Los capítulos 3, 4 y 5 tratan de
responder a algunas de las preguntas más frecuentes; presentan, también,
una serie de abusos que se encuentran más reiteradamente en la celebración
actual de la Misa; ofrecen un discernimiento sobre quién recibe la Sagrada
Comunión y quién no debería recibirla; hablan sobre el cuidado que se
requiere para administrar la Sagrada Comunión bajo las dos especies; sobre
las cuestiones concernientes a las vestiduras y vasos sagrados; a las
posturas propias para recibir la Sagrada Comunión; etc.
El capítulo 6 se ocupa del culto debido
a la Sagrada Eucaristía fuera de la Misa. Trata sobre el respeto debido al
sagrario y sobre las prácticas de piedad eucarística, como las visitas al
Santísimo Sacramento, las iglesias con Adoración Perpetua, las Procesiones
eucarísticas y los Congresos Eucarísticos (Instrucción, 130,
135-136, 140, 142-145).
El capítulo 7 presta atención a las
funciones extraordinarias confiadas a los fieles laicos, tales como la
función de ministros extraordinarios de la sagrada Comunión, la tarea de
desempeñarse como instructores o de presidir las celebraciones de oración
en ausencia de sacerdote (Instrucción, 147-169). Estos papeles,
aquí tratados, son diversos de los que refiere la Instrucción en el
capítulo 2, donde habla sobre la participación ordinaria de los laicos en
la liturgia y, particularmente, en la Eucaristía. Aquí se trata la
cuestión de la actuación de los laicos cuando no está disponible un número
suficiente de sacerdotes o de diáconos. En años recientes, la Santa Sede
ha dedicado considerable atención a esta materia y esta Instrucción
lo continúa haciendo, agregando más consideraciones para algunas
circunstancias.
El capítulo final trata sobre los
remedios canónicos a delitos o abusos contra la Sagrada Eucaristía. El
remedio principal, a largo plazo, es una formación adecuada, la
instrucción y la fe sólida. Pero cuando ocurren abusos, la Iglesia tiene
el deber de señalarlos en un modo claro y caritativo.
5. Conclusión
Según el artículo de fe que nos dice
que la Misa es la representación sacramental del sacrificio de la Cruz (Cf
Concilio de Trento: DS 1740) y que en el santísimo sacramento de la
Eucaristía se encuentra presente “el cuerpo, la sangre, el alma y la
divinidad de Nuestro Señor Jesucristo y, por lo tanto, Cristo entero está
verdadera, real y substancialmente presente” (Concilio de Trento: DS
1651; cf CEC 1374), es claro que las normas litúrgicas concernientes la
sagrada Eucaristía merecen nuestra atención. No se trata de rúbricas
meticulosas, dictadas por mentes legalísticamente estructuradas.
“La santísima Eucaristía contiene todo
el bien espiritual de la Iglesia, es decir, Cristo mismo, nuestra pascua y
pan vivo” (PO,
5). Los Sacerdotes y los Obispos son ordenados, sobre todo, para celebrar
el sacrificio eucarístico y dar el Cuerpo y la Sangre de Cristo a los
fieles. Los Diáconos y, a su modo, los acólitos, los otros ministros, los
lectores, los coros y los fieles laicos especialmente designados, están
llamados a colaborar según funciones definidas. Ellos, llenos de un
espíritu de fe y devoción, deberían esforzarse en cumplir sus varios
ministerios.
La Instrucción concluye diciendo
que la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos espera que también “mediante la diligente aplicación de cuanto
se recuerda en esta Instrucción, la humana fragilidad obstaculice menos la
acción del santísimo Sacramento de la Eucaristía y, eliminada cualquier
irregularidad, desterrado cualquier uso reprobable, por intercesión de la
Santísima Virgen María, «mujer eucarística», resplandezca en todos los
hombres la presencia salvífica de Cristo en el Sacramento de su Cuerpo y
de su Sangre” (Instrucción, 185).
Francis Cardenal Arinze
23 de abril de 2004
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