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CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE: ARTÍCULO DE COMENTARIO A LA NOTIFICACIÓN A PROPÓSITO DEL LIBRO DEL P. JACQUES DUPUIS

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Jaques Dupuis


CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE:
ARTÍCULO DE COMENTARIO A LA NOTIFICACIÓN A PROPÓSITO DEL LIBRO DEL P. JACQUES DUPUIS
«HACIA UNA TEOLOGÍA CRISTIANA DEL PLURALISMO RELIGIOSO»
12-marzo-2001


1. En todas las épocas la investigación teológica ha sido importante para la misión evangelizadora de la Iglesia en respuesta al designio de Dios, el cual quiere «que todos los hombres se salven y lleguen al conocimiento de la verdad» (1 Tm 2, 4). La inteligencia cada vez más profunda de la palabra de Dios, contenida en la Escritura inspirada y transmitida por la tradición viva de la Iglesia, enriquece a todo el pueblo de Dios, «sal de la tierra» y «luz del mundo» (Mt 5, 13), ayudándole a dar testimonio de la verdad de la revelación cristiana y a dar razón de su esperanza a los que se la piden (cf. 1 P 3, 15).

La teología resulta aún más importante en tiempos, como los nuestros, de grandes cambios culturales y espirituales, que, proponiendo problemas e interrogantes nuevos a la conciencia de fe de la Iglesia, exigen respuestas y soluciones nuevas, incluso audaces. No se puede negar que hoy la presencia del pluralismo religioso impone a los cristianos una renovada toma de conciencia del lugar que las demás religiones ocupan en el plan salvífico de Dios Uno y Trino. En este contexto, a la teología se le pide una respuesta que, a la luz de la revelación y del magisterio de la Iglesia, justifique el significado y el valor de las demás tradiciones religiosas, que con consciente y renovado protagonismo siguen guiando y animando la vida de millones de personas en todas las partes del mundo.

Como en los primeros siglos de la Iglesia, también hoy se impone al teólogo, por una parte, una actitud de escucha, de conocimiento y de discernimiento de lo que hay de «verdadero y santo» en las demás tradiciones religiosas (extra-bíblicas) (1), cuyos modos de obrar y de vivir y cuyas doctrinas, «aunque discrepen mucho de los que ella mantiene y propone, no pocas veces reflejan, sin embargo, un destello de aquella verdad que ilumina a todos los hombres»; y, por otra, una actitud igualmente necesaria de anuncio incesante de «Cristo, que es “camino, verdad y vida” (Jn 14, 6), en quien los hombres encuentran la plenitud de la vida religiosa y en quien Dios reconcilió consigo todas las cosas» (2). En el diálogo interreligioso y en la reflexión teológica sobre el significado y sobre el valor salvífico de las demás religiones, la audacia, que a menudo se impone a la conciencia y a la libertad del teólogo, no fructifica ni edifica a la comunidad eclesial, si no va acompañada por la paciencia de la maduración y por la verificación continua de la verdad que es Cristo.

2. Esta invitación al «diálogo sincero y paciente» (3) con las demás religiones no debe verse como un impedimento o una atenuación de la disponibilidad a la amistad, al respeto, a la colaboración y a la participación, sino más bien como una auténtica peregrinación de fe en la comprensión de la verdad de la revelación cristiana.

Tal vez puede ser útil recordar aquí las dos articulaciones fundamentales de otro diálogo, el «ecuménico», que se expresa tanto mediante el diálogo de la caridad como mediante el diálogo de la verdad. La misma caridad, que se manifiesta en las innumerables muestras de respeto recíproco, oración común y solidaridad fraterna, impulsa a todos los bautizados al diálogo de la verdad, que exige estudios esmerados sobre la palabra de Dios y sobre la tradición de la Iglesia, y aclaraciones profundas y laboriosas de las respectivas posiciones teológicas. El paciente pero constante compromiso de investigación de la verdad, la precisión epistemológica y la serena proclamación de los resultados logrados convierten el diálogo ecuménico en un modelo de referencia significativo para el diálogo interreligioso, cuya extrema dificultad no deriva solamente de la gran variedad de las tradiciones religiosas, sino sobre todo de la falta de una referencia común fundante.

3. Por esto, la Iglesia no puede por menos de alabar el valioso trabajo de los teólogos que, frente al desafío del pluralismo religioso y ante las nuevas preguntas planteadas por el diálogo interreligioso, tratan de encontrar, con creatividad, sensibilidad y fidelidad a la tradición bíblica y magisterial, nuevos senderos y de seguir nuevas pistas, avanzando propuestas y sugiriendo comportamientos, que necesariamente exigen un atento discernimiento eclesial. La tempestividad al afrontar los desafíos de los signos de los tiempos no puede y no debe transformarse en prisa superficial e inoportuna, para no desorientar la recta conciencia de fe de la comunidad eclesial y para no poner en tela de juicio la credibilidad y la eficacia del diálogo mismo.

El precioso bien de la libertad y la creatividad teológica no puede por menos de incluir también la disponibilidad a la acogida de la verdad de la revelación cristiana, transmitida e interpretada por la Iglesia bajo la autoridad del Magisterio y acogida con fe. En efecto, la función del Magisterio no es algo extrínseco a la verdad cristiana y a la fe, sino un elemento constitutivo de la misma misión profética de la Iglesia (4).

4. Por lo demás, precisamente en el campo del diálogo interreligioso, el Magisterio de la Iglesia, lejos de ser un simple observador o de limitarse a poner el freno, siempre ha desempeñado un papel innegable y pionero de protagonista. Lo atestiguan los documentos conciliares y las numerosas iniciativas pontificias, como por ejemplo las de los organismos oficiales de diálogo (5). Además, el decenio recién concluido ha sido plenamente iluminado por la profética y clarividente Carta Encíclica Redemptoris missio (diciembre de 1990) de Juan Pablo II, auténtico marco de referencia epistemológico y de contenido para una teología cristiana de las religiones. A diez años de distancia y con la rápida difusión de la problemática interreligiosa, la Declaración Dominus Iesus (agosto de 2000) de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha sido una contribución ulterior e iluminadora para volver a proponer algunas referencias esenciales a la práctica y a la teoría del diálogo interreligioso. Se trata de intervenciones magisteriales, que no sólo no frenan la legítima investigación teológica, sino que la acompañan, puesto que, rechazando objeciones y deformaciones de la fe, proponen con autoridad nuevas profundizaciones y aplicaciones de la doctrina revelada.

5. Así pues, en este clima de apertura y de disponibilidad a la escucha, al diálogo y a la comprensión recíproca, la Congregación para la Doctrina de la Fe propone ahora la Notificación a propósito del libro de J. Dupuis, Hacia una teología cristiana del pluralismo religioso. En esta obra, en la que se trata de dar una respuesta teológica al significado y al valor que la pluralidad de las tradiciones religiosas reviste dentro del designio salvífico de Dios, el Autor declara explícitamente su intención de permanecer fiel a la doctrina de la Iglesia y a la enseñanza del Magisterio. Sin embargo, el mismo Autor, consciente de lo problemático de su perspectiva, no niega la posibilidad de que su hipótesis pueda suscitar un número de interrogantes semejante al de aquellos para los que propone soluciones.

Después de un paciente y serio diálogo, en el que no han faltado algunas clarificaciones suyas, al concluir el examen del libro, el Autor ha expresado su asentimiento a las tesis enunciadas en dicha Notificación, que ha sido aprobada por el Santo Padre. Ese reconocimiento y asentimiento son, sin duda, un signo positivo y estimulante. A pesar de ello, como se recuerda en el «Preámbulo», la Congregación para la Doctrina de la Fe ha considerado necesario publicar la Notificación sobre todo con el fin de ofrecer a los lectores un criterio seguro de valoración doctrinal.

En efecto, una lectura atenta del libro suscita algunas ambigüedades y dificultades sobre puntos doctrinales de gran importancia, que pueden llevar al lector a opiniones erróneas o peligrosas. La Notificación, remitiéndose a la Declaración Dominus Iesus, reafirma cinco temas doctrinales que en el volumen, independientemente de las intenciones del Autor mismo, se presentan con formulaciones ambiguas y explicaciones insuficientes y así pueden llevar a equívocos y tergiversaciones.

Ante todo se reafirma la fe en Jesucristo, Mediador único y universal de salvación para toda la humanidad. Consiguientemente se reafirma la unicidad y la universalidad de la mediación de Jesucristo, Hijo y Verbo del Padre, como actuación del plan salvífico de Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo. No hay una economía salvífica trinitaria independiente de la del Verbo encarnado.

En segundo lugar se reafirma la fe de la Iglesia en Jesucristo, cumplimiento y plenitud de la revelación divina, contra la opinión según la cual la revelación de Jesucristo y en Jesucristo es limitada, incompleta e imperfecta. También las semillas de verdad y de bondad existentes en las demás religiones son dones de gracia de la única mediación de Cristo y de su Espíritu de santidad.

A propósito de la acción salvífica universal del Espíritu Santo, se reafirma que el Espíritu operante después de la resurrección de Jesús es siempre el Espíritu de Cristo enviado por el Padre, que actúa de modo salvífico también fuera de la Iglesia visible. Por lo cual, es contrario a la fe católica considerar que la acción salvífica del Espíritu Santo se puede extender más allá de la única economía salv��fica universal del Verbo encarnado.

Además, dado que la Iglesia es signo e instrumento de salvación para la humanidad entera, se rechaza como errónea la opinión que considera las diversas religiones como vías complementarias a la Iglesia en orden a la salvación.

Por último, aun reconociendo la existencia de elementos de verdad y bondad en las demás religiones, no tiene ningún fundamento en la teología católica considerar esas religiones, en cuanto tales, como vías de salvación, porque además en ellas hay lagunas, insuficiencias y errores acerca de las verdades fundamentales sobre Dios, el hombre y el mundo. Y sus textos sagrados no pueden considerarse complementarios al Antiguo Testamento, que es la preparación inmediata al evento mismo de Cristo.

La Notificación interviene para subrayar la gravedad y la peligrosidad de algunas afirmaciones, que, aun pareciendo moderadas, precisamente por eso corren el riesgo de ser fácil e ingenuamente acogidas como compatibles con la doctrina de la Iglesia, también por parte de personas cordialmente comprometidas en la promoción del diálogo interreligioso. En un contexto, como el actual, de una sociedad que de hecho es cada vez más multirreligiosa y multicultural, la Iglesia siente con urgencia la necesidad de manifestar con convicción su identidad doctrinal y testimoniar con caridad su fe inquebrantable en Jesucristo, fuente de verdad y de salvación.

6. No se puede menos de mencionar la cuestión del «tono» de la Notificación. En efecto, no se trata de un documento largo y articulado, sino sólo de enunciaciones breves y afirmativas. Este modo de comunicación no quiere ser signo de autoritarismo o de injustificada dureza; más bien, pertenece al género literario típico de los pronunciamientos magisteriales que tienen como finalidad puntualizar la doctrina, censurar los errores y las ambigüedades, e indicar el grado de asentimiento requerido a los fieles.

Ese género literario, que es el mismo de la Declaración Dominus Iesus, ciertamente se diferencia de otras formas de expresión usadas por el Magisterio para presentar su enseñanza, teniendo en cuenta finalidades particulares: expositivas e ilustrativas, que contienen amplias y precisas motivaciones sobre las doctrinas de fe y las indicaciones pastorales (piénsese, por ejemplo, en los documentos del Concilio Vaticano II, en muchas Cartas Encíclicas papales y, en nuestro caso específico, la Encíclica Redemptoris missio); y exhortativas u orientativas (para afrontar problemas de índole espiritual y práctico-pastoral).

El tono claramente declarativo-afirmativo de un Documento magisterial —típico de una Declaración o de una Notificación de la Congregación para la Doctrina de la Fe, análogo al de los anteriores Decretos doctrinales del Santo Oficio— quiere comunicar a los fieles que no se trata tanto de asuntos opinables o de cuestiones debatidas, sino de verdades centrales de la fe cristiana, que determinadas interpretaciones teológicas niegan o ponen en serio peligro. Así pues, desde este punto de vista, el tono pertenece al contenido, pues debe ser coherente con la finalidad peculiar del texto. La adhesión a la Persona de Jesús, a su palabra y a su misterio de salvación, exige una respuesta de fe sencilla y clara, como, por ejemplo, la que se encuentra en los símbolos de fe, que por lo demás forman parte de la oración de la Iglesia.

La eficacia de la Notificación, tanto en su comprensión como en su llamamiento a la adhesión de fe, reside precisamente en el tono. Lo repetimos: no es el tono de la imposición, sino el tono de la manifestación y de la celebración solemne de la fe. Es el tono usado en la Professio Fidei (6). En efecto, ya desde sus inicios, la Iglesia ha profesado la fe en el Señor crucificado y resucitado, recogiendo en algunas fórmulas los contenidos fundamentales de su credo. Y sabemos que el símbolo no es un conjunto de verdades abstractas, sino una regla de fe, que sostiene la vida, la oración, el testimonio, la acción y la misión: lex credendi, como lex vivendi, orandi, agendi et evangelizandi. Además, es evidente que la proclamación de las verdades de la fe católica implica también la confutación del error y la censura de las posiciones ambiguas y peligrosas que introducen confusión e incertidumbre en los fieles.

Por tanto, ciertamente sería erróneo considerar que el tono declarativo-afirmativo de la Declaración Dominus Iesus y de la presente Notificación marca una inversión de tendencia con respecto al género literario y a la índole expositiva y pastoral de los Documentos magisteriales del Concilio Vaticano II y de otros sucesivos. Sin embargo, sería igualmente erróneo e infundado considerar que, después del Concilio Vaticano II, el género literario de tipo afirmativo-censorio debe quedar abandonado o excluido en las intervenciones autorizadas del Magisterio. Por consiguiente, es triste observar que ciertas críticas, suscitadas en distintos ambientes, al «tono» general de la Declaración Dominus Iesus, que sería muy diverso al de otros documentos, como por ejemplo las Cartas Encíclicas Redemptoris missio y Ut unum sint, muestran en realidad que no tienen en cuenta las finalidades diversas, pero en absoluto opuestas entre sí, de dichos documentos. La Declaración Dominus Iesus, al igual que la presente Notificación, quieren simplemente reafirmar determinadas verdades de la fe y de la doctrina católica, indicando el correspondiente grado de certeza teológica y precisando así las bases doctrinales seguras para conservar la integridad del depósito de la fe, y garantizar al mismo tiempo que el diálogo interreligioso —al igual que el mismo diálogo ecuménico entre las confesiones cristianas— se desarrolle como «diálogo de la verdad».

Por lo demás, el hecho de volver a proponer sencillamente la verdad expresa la unidad en la fe en Dios Uno y Trino y fortalece la comunión en la Iglesia. La adhesión a la Verdad es adhesión a Cristo y a su Iglesia, y constituye el verdadero espacio de la libertad humana: «Las vías para alcanzar la verdad siguen siendo muchas; sin embargo, como la verdad cristiana tiene un valor salvífico, cualquiera de estas vías puede seguirse con tal de que conduzca a la meta final, es decir, a la revelación de Jesucristo» (7). En efecto, Cristo es «el camino, la verdad y la vida» (Jn 14, 6): «La verdad, que es Cristo, se impone como autoridad universal. El misterio cristiano supera de hecho las barreras del tiempo y del espacio, y realiza la unidad de la familia humana» (8).

NOTAS
1) Conviene precisar que un discurso totalmente peculiar corresponde a la relación entre la fe cristiana y la religión de Israel, pues, como enseña el Concilio Vaticano II, existe «un vínculo por el que el pueblo del Nuevo Testamento está espiritualmente unido con la estirpe de Abraham» (Nostra aetate, 4).
2) Conc. Vaticano II, Decl. Nostra aetate, 2.
3) Conc. Vaticano II, Decr. Ad gentes, 11.
4) Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Instr. Donum veritatis, 14.
5) El 6 de agosto de 1964, el Papa Pablo VI publicó la famosa Carta Encíclica sobre el diálogo: Ecclesiam suam. Pero ya algunos meses antes, el 19 de mayo de 1964, el mismo Pablo VI había instituido el «Secretariado para los no cristianos», que en 1988 se convirtió en el «Pontificio Consejo para el Diálogo Interreligioso».
6) El 1 de julio de 1988, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó tanto la Professio fidei, destinada a los fieles llamados a desempeñar un oficio en nombre de la Iglesia, como un especial Juramento de fidelidad, relativo a los deberes particulares inherentes al oficio que se asume. La Professio fidei, además del Símbolo de fe niceno-constantinopolitano, incluye tres apartados, que quieren distinguir mejor el tipo de verdades profesado y el correspondiente asentimiento exigido. El 18 de mayo de 1998, el Santo Padre Juan Pablo II emanó el Motu proprio: Ad tuendam fidem, para introducir en los textos vigentes del Código de Derecho Canónico y del Código de cánones de las Iglesias Orientales algunas «normas con las que expresamente se imponga el deber de conservar las verdades propuestas de modo definitivo por el Magisterio de la Iglesia». El 28 de junio del mismo año la Congregación para la Doctrina de la Fe publicó una Nota doctrinal ilustrativa de la fórmula conclusiva de la «Professio fidei». En dicha Nota se da una explicitación más detallada de los tres apartados, y algunos ejemplos concretos.
7) Juan Pablo II, Carta Enc. Fides et ratio, 38.
8) Congregación para la Doctrina de la Fe, Decl. Dominus Iesus, 23.


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